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sábado, 7 de junio de 2014

Corporaciones municipales en Moriles durante el período republicano (1931-1936)

CORPORACIONES MUNICIPALES EN MORILES DURANTE EL PERIODO REPUBLICANO

Fecha
Corporación
notas
16 de abril de 1931
Alcalde: Juan Antonio Servián Moreno
Pascual Mármol Corredera, primer Teniente de Alcalde y Depositario;
Rafael Rodríguez León, Segundo Teniente y,
en la Comisión Municipal, don Agapito Soberado Soberón y Francisco Cabello Jarabo
Primer Ayuntamiento Republicano
5 de junio de 1931
Alcalde: Francisco Ruiz Dadillos
Primer Teniente de Alcalde, Rafael Fernández Ruiz,
Segundo Teniente, Francisco Llamas Muñoz,
Síndico, Antonio Ruiz Dadillos,
 Depositario, Miguel Fernández Burgos
Concejales: Rafael Rodríguez León, Antonio Hinojosa Gámez, Miguel Cuenca Mármol, Cristóbal Plaza Lara, Francisco Ruiz Aranda y Francisco Cabello Jarabo.
Ayuntamiento de mayoría Socialista por sufragio popular
29 de julio de 1932
Alcalde: Francisco de Paula Llamas Muñoz
Primer Teniente de Alcalde, Antonio Hinojosa, y segundo Teniente, Miguel Cuenca Mármol.
Dimisión por moción de censura de Ruiz Dadillos
4 de mayo de 1933
Alcalde: Miguel Cuenca Mármol
segundo Teniente, Cristóbal Plaza Lara
Dimisión de Llamas Muñoz por salud
29 de julio de 1933
Alcalde: Francisco de Paula Llamas Muñoz
Reincorporación
22 de diciembre de 1933
Alcalde: Pablo Solís Nieto
Primer Teniente Alcalde: Francisco Rueda Cosano
Segundo Teniente: Emilio Arroyo Montemayor
Síndico: Manuel Fernández Calvillo. Suplente: Juan Martos Fernández.
Gestores:
Juan José Bergillos Gómez y Clemente López Ruiz

Comisión Gestora tras las legislativas de noviembre de 1933
13 de enero de 1934
Alcalde: Francisco Rueda Cosano
Dimisión de Pablo Solís
11 de abril de 1934
Alcalde interino: Cristóbal Plaza Lara
Francisco Ruiz Dadillos, Francisco Cabello Jarabo, Antonio Ruiz Dadillos, Francisco Ruiz Aranda y Rafael Rodríguez León.
Ayuntamiento socialista repuesto por el Gobierno Civil
13 de abril de 1934
Alcalde: Antonio Ruiz Dadillos
Primer Teniente de alcalde, Cristóbal Plaza; segundo Teniente, Francisco Cabello Jarabo
Síndico, Francisco Ruiz Aranda

16 de septiembre de 1934
Alcalde: Antonio Cuenca Agraz
Primer Teniente: Juan López Fernández,
Segundo Teniente: Francisco Cabello Jarabo,
Síndico: Álvaro Agraz Fernández,
José Doblas Ramírez y Francisco Lao Espinosa
Francisco Ruiz Dadillos, Cristóbal Plaza, Antonio Ruiz Dadillos, Francisco Ruiz Aranda y Rafael Rodríguez León
Ayuntamiento mixto por nombramiento de cinco radicales por el Gobierno Civil
19 de enero de 1935
Alcalde: Antonio Cuenca Agraz
Primer Teniente: Juan López Fernández,
Segundo Teniente: Francisco Cabello Jarabo,
Síndico: Álvaro Agraz Fernández,
José Doblas Ramírez
Francisco Lao Espinosa
Manuel Fernández Calvillo,
Antonio Doblas Gutiérrez,
Antonio Bogas Corredera,
 Antonio Chacón Gutiérrez
 Emilio Arroyo Montemayor.


Impuesto por el gobierno radical-cedista
21 de marzo de 1936
Alcalde: Antonio Hinojosa Gámez
Primer Teniente, Miguel Cuenca Mármol
Segundo Teniente, Rafael Rodríguez León
Síndico, Francisco Ruiz Aranda
Francisco Ruiz Dadillos,
Rafael Fernández Ruiz,
Francisco Llamas Muñoz,
Antonio Ruiz Dadillos,
Miguel Fernández Burgos,
Cristóbal Plaza Lara, y
Francisco Cabello Jarabo.
Ayuntamiento del 1931 repuesto por el Frente Popular


sábado, 17 de mayo de 2014

ACTA FUNDACIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE MORILES, UNO DE ENERO 1913

ACTA FUNDACIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE MORILES,
SESION INAUGURAL, PRIMERO DE ENERO DE 1913


En la Villa de Moriles, á uno de Enero de mil novecientos trece, y siendo las quince, reuniéronse, previa citación ordenada por el Sr. Delegado del Excmo. Sr. Gobernador Civil de la Provincia, Don Francisco Rico de Lara, bajo la presidencia del mismo, en la casa número dos de la Plaza de San Jerónimo, de esta Villa, habilitada como Consistoriales, los Concejales electos de este nuevo Municipio, Don Pedro Contreras Onieva, Don Manuel Fernández Alcalá, Don Nicolás Molina Jerez, Don José Mª Aguedo Romera Carmona, Don Miguel Estrada Lara, Don Francisco Galindo Maqueda, Don Rafael Cabezas Pino, Don Francisco Chacón Fernández, Don Serapio Molina Jerez, para constituir el mismo, con arreglo á la ley emancipadora del diez y ocho de junio de mil novecientos doce, publicada en la Gaceta de Madrid del veintiuno del propio mes y año.
Abierta la sesión por el Sr. Delegado, habilitóse para que actuara de Secretario interino á Don Pedro Franco y Franco, dándose lectura por éste de orden del Sr. Presidente del Oficio que le acredita como representante del Sr. Gobernador, el cual dice textualmente lo siguiente:
“Negociado primero, número 693. = En uso de las atribuciones que me corresponden, y al sólo efecto de que proceda constituirse el nuevo Ayuntamiento de Moriles, segregado del término municipal de Aguilar de la Frontera, he acordado nombrar á V. Delegado de mi Autoridad para que, personándose en dicha localidad, convoque á sesión á los Concejales electos Don Pedro Contreras Onieva, Don Manuel Fernández Alcalá, Don Nicolás Molina Jerez, Don José Mª Aguedo Romera Carmona, Don Miguel Estrada Lara, Don Francisco Galindo Maqueda, Don Rafael Cabezas Pino, Don Francisco Chacón Fernández y Don Serapio Molina Jerez, y se cumplimente debidamente cuanto se dispone en el capítulo segundo de la Ley municipal.= Para ello presidirá V. la sesión que deberá celebrarse el día primero de enero próximo, haciéndose la elección del Alcalde, conforme á los artículos 54, 55 y 56 del mismo cuerpo legal, posesionando al que resulte elegido, y retirándose inmediatamente para que continúen bajo la presidencia del Alcalde las demás operaciones y se adopten los acuerdos que establecen los artículos 56 y 57. Del acta que se levante pedirá V. copia certificada.= Dios gu.(arde) á V. m.(uchos) a.(ños)= Córdoba 30 de Diciembre de 1912.= Fidel Gurrea = Sr. Don Francisco Rico de Lara.” Hay un sello en seco que dice: = “Gobierno Civil de la Provincia de Córdoba”.
Seguidamente se leyó la Ley que convierte esta antigua Aldea de Zapateros aneja al Municipio de Aguilar en Municipio independiente, con el nombre de Moriles, y que dice así: “Presidencia del Consejo de Ministros, digo Ministerio de la Gobernación = Ley = Don Alfonso XIII, por la gracia de Dios y la Constitución, Rey de España; = A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nós sancionado lo siguiente: = Artículo primero = Se constituye en término municipal independiente del de la ciudad de Aguilar (Córdoba), con el nombre de Moriles, la aldea de los Zapateros, aneja hoy á dicha ciudad. = Artículo segundo: = Promulgada esta ley, dentro de los veinte días siguientes, el Gobernador, adaptando su convocatoria á la ley electoral y á la municipal, convocará á los electores del nuevo municipio para que elijan los concejales que en su día han de constituir el Ayuntamiento. Los Concejales así designados tendrán, hasta la fecha en que se constituya la nueva Corporación, el carácter y atribuciones limitadas de representantes del nuevo Municipio, encargados de practicar la demarcación y las demás divisiones á que se refiere el artículo 6º de la ley Municipal, procediendo para ello juntamente con un número igual de Concejales del Ayuntamiento de Aguilar, que éste designará, y bajo la presidencia del Ingeniero Jefe del Servicio agronómico catastral de la provincia. = La Junta, á que este artículo se refiere quedará constituida dentro del mes siguiente á la elección de los representantes del nuevo Municipio, y podrá deliberar con la presencia de la mayoría absoluta de las personas que deban formarla, debiendo terminar su cometido dentro de los cuatro meses siguientes á la fecha de su constitución, la cual se anunciará, como sus acuerdos en el Boletín Oficial de la provincia. = Artículo tercero: = Terminada en los plazos y forma que el artículo anterior establece la misión de la Junta, los Concejales electos del nuevo Municipio procederán inmediatamente á constituir su Ayuntamiento con el término y patrimonio que, según los acuerdos dictados, resultare, y sin perjuicio de lo que en definitiva se resuelva, si contra dichos acuerdos se interpusiesen recursos. Estos procederán directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, y en primera instancia ante el Tribunal provincial de Córdoba, con sujeción á lo establecido en los preceptos que regulan aquella. = Por tanto: = Mandamos á todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. = Dado en Palacio á dieciocho de junio de mil novecientos doce. = Yo el Rey. = El Ministro de la Gobernación = Antonio Barroso y Castillo.”

El Sr. Delegado hizo uso de la palabra congratulándose de presidir esta primera sesión del nuevo Ayuntamiento dando la bienvenida y saludando en nombre propio y del Excmo. Sr. Gobernador Civil, representante del Gobierno de S. M. á los primeros Regidores elegidos por el pueblo de Moriles, exhortándoles á regir éste en paz y mediante una administración honrada.
            Los señores Concejales, correspondiendo á las palabras del Sr. Delegado manifestaron sus buenos propósitos administrativos, y saludando al Sr. Gobernador Civil de la Provincia, y también y muy respetuosamente al Gobierno de S. M., aprovechando esta primera ocasión para mostrar la gratitud del pueblo al Excmo. Sr. Don José Fernández Jiménez, Diputado á Cortes por el Distrito, autor y proponente de la ley que ha constituido en Municipio esta antigua Aldea.
            Leyéronse después los artículos de la Ley municipal pertinentes al caso, declarándose por el Sr. Delegado que se iba á proceder á la elección de Alcalde Presidente de esta Corporación; por todos los señores Concejales se expresó el deseo unánime de nombrar por aclamación Alcalde Presidente á Don Miguel Estrada Lara, como justo tributo á sus trabajos en la emancipación del pueblo, y á su estudios en la demarcación del término. El Sr. Estrada manifestó que estaba muy satisfecho con haber contribuido con todas sus escasas fuerzas y facultades á dejar independiente á su querido pueblo y que, habiendo cumplido la palabra empeñada á su querido jefe, el Excemo. Sr. Don José Fernández Jiménez, al propio tiempo que realizado un deseo grande de ultratumba, como es el de su querido padre (q. e. p. d.) Don Julián Estrada Cortés, el que en vida no tuvo otra aspiración que la emancipación de este pueblo, á quien quería como cosa propia, da por terminados sus trabajos y declina este honor, haciendo constar que incondicionalmente estará al lado de sus verdaderos amigos para todo cuanto redunde en beneficio de este su querido pueblo y de su querido jefe y verdadero padre de la población, el Excmo. Sr Don José Fernández Jiménez; á todo lo cual replicaron sus dignos compañeros que deseaban constase en acta tales deseos, y el Sr. Delegado manifestó que así constarían y que iba á procederse por votación secreta á la referida elección de Alcalde Presidente, y á cuyo efecto en la urna preparada debían depositar cada uno de los señores Concejales, ya posesionados de sus cargos, la correspondiente candidatura. Efectuado así, procedióse al escrutinio que dio el resultado siguiente:
Don José Aguedo Romera Carmona ocho votos y una papeleta en blanco.
            Terminado el escrutinio proclamóse Alcalde Presidente al citado señor Don José A. Romera Carmona, siendo invitado por el señor Delegado para que se posesionase del cargo, como así lo hizo, dando las gracias por su elección. Seguidamente el señor Delegado manifestó que había terminado su misión, y que, por lo tanto, se retiraba; acordóse por unanimidad darle un voto de gracias y suspender la sesión por media hora para despedirle, y con el propósito de reanudarla después al objeto de verificar las demás operaciones legales, de todo lo cual se daría cuenta por certificación y oficio al Excmo. Sr. Gobernador Civil, mandándose expedir desde luego certificado de esta primera parte de la sesión para entregárselo al Sr. Delegado, firmando todos el acta, de que yo, como Secretario habilitado, certifico.
            Pasada la media hora, reanúdase la sesión bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don José A. Romera Carmona, procediéndose al nombramiento de cargos, y por votación secreta el cual dio el resultado siguiente: Para primer Teniente de Alcalde: Don Manuel Fernández Alcalá, cinco votos. Don Nicolás Molina Jerez, tres votos. Una papeleta en blanco. Por cuyo resultado proclamóse primer Teniente de Alcalde á Don Manuel Fernández Alcalá.
            Acto seguido, y por el mismo procedimiento, procedióse a la elección de segundo Teniente Alcalde, cuyo escrutinio dió el resultado siguiente: Don Rafael Cabezas Pino, siete votos. Don Pedro Contreras Onieva, un voto. Papeletas en blanco, una. Por cuyo resultado proclamóse segundo Teniente Alcalde a Don Rafael Cabezas Pino.
            Acto seguido procedióse al nombramiento por el mismo procedimiento de votación secreta a los cargos de primero y segundo Síndicos, resultando elegidos, primer Síndico Don Miguel Estrada Lara, por siete votos y dos papeletas en blanco.
            Por el Sr. Presidente y acto seguido diose posesión de sus cargos a todos los elegidos, y procedióse a señalar los días en que habían de celebrarse las sesiones ordinarias, acordándose por unanimidad que éstas tuvieran lugar los jueves de cada semana a las veinte horas del día.
            Acto seguido, y también por unanimidad, se acordó dirigirse en súplica al Excmo. Sr. Gobernador Civil de la Provincia pidiéndole que ínterin se hace el presupuesto autorice que puedan cobrarse los arbitrios establecidos por el Ayuntamiento de Aguilar, cuales son arbitrio sobre el uso de pesas y medidas; arbitrio sobre puestos ambulantes de vía pública, y sobre el asiento de plaza.
            También, y por unanimidad, se acuerda usar, hasta que se adquiera el nuevo sello perteneciente á este Ayuntamiento, el antiguo sello que dice: “Alcaldía de la población de Zapateros”.
            Y no habiendo más asuntos de qué tratar, el Sr. Presidente levantó la sesión, ordenando se extienda la presente acta, que firman los señores Concejales, con el Alcalde Presidente, de todo lo cual yo como Secretario habilitado certifico.
            Entre líneas = que = en = tachado = el = Vale
Firman el Alcalde, Concejales y Secretario

jueves, 13 de junio de 2013

RESEÑA HISTÓRICA SOBRE LA CONSTITUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MORILES Y LOS DISTINTOS LOCALES QUE LO ALBERGARON.


El Municipio de Moriles nace por Real Ley de 18 de junio de 1912 (Gaceta de Madrid del 21, número 173, páginas 669-670).
Según el desarrollo del artículo 2º de la Ley, el Gobernador Civil de Córdoba convoca elecciones en el nuevo municipio que se celebraron el 28 de julio siguiente siendo proclamados nueve Concejales con el carácter y atribuciones limitadas de representantes del nuevo Municipio, encargados de practicar la demarcación y las demás divisiones a que se refiere el artículo 6º de la ley Municipal, hasta la fecha de constitución de la nueva Corporación.
La corporación quedó constituida el día 1º de enero de 1913 tomando las riendas del gobierno municipal. Es elegido primer Alcalde de Moriles don José María Águedo Romera Carmona entre los nueve concejales que tomaron posesión ese mismo día bajo la presidencia de un delegado del Gobernador.
Moriles carecía de un local-Ayuntamiento para centralizar la administración municipal, siendo habitual desde su constitución el traslado de un local a otro en régimen de alquiler. El alcalde Romera Carmona alquiló para la primera Corporación un bajo en el número 12 de la calle Mesones. Con los cambios de afiliación política de los alcaldes, normalmente se producía el cambio de local, como sucedió en marzo de 1914 tras la entrada del nuevo alcalde Antonio María Agraz Albalá. En diciembre de 1917 tras las elecciones municipales y cambio de Corporación se produce nuevo cambio de local a calle Horno. Nuevos desalojos en abril de 1919 y junio y agosto de 1920. En mayo de 1922, nuevo desalojo y traslado al número 75 de la calle Fernández Jiménez donde permanecerá durante casi toda la Dictadura de Primo de Rivera.
Finalmente, a finales de 1928 (no me consta la fecha exacta) se inauguran los nuevos locales de las Escuelas del Patronato García de Leaniz, cuya foto presenta este artículo y donde el Ayuntamiento traslada definitivamente sus instalaciones ocupando las dos plantas de la parte central, quedando las laterales para las escuelas de niños y niñas.
Este ha sido durante cuarenta años el emblemático local del Ayuntamiento de Moriles en la calle Ramón y Cajal, hasta la construcción del nuevo Ayuntamiento en 1968 en la actual Avenida de Andalucía y su reciente reforma coincidiendo con la celebración del Primer Centenario.

Antonio Cortés, Cronista Oficial de Moriles

El origen de Moriles en el recuerdo de Paula Contreras

En julio de 1984 (tenía entonces 73 años), Paula Contreras, accediendo a una petición mía, plasmaba sus primeros recuerdos sobre Moriles en una densa y amplia carta que, por su contenido, creo debo poner al alcance de todos los seguidores de este blog. La divido en cinco páginas según su contenido.